Autores
Resumo
Las acciones populares son el mecanismo de litigio colectivo que la Constitución Política Colombiana prevé para proteger derechos e intereses, entre ellos la moralidad administrativa. Para este evento, los ciudadanos cuentan con la posibilidad de demandar a las autoridades públicas y privadas en
casos donde la ética pública ha sido amenazada o vulnerada, con el objeto de prevenir daños o restaurar derechos vulnerados. Recientes desarrollos
legislativos y jurisprudenciales, de manera equivocada, han debilitado las acciones populares en Colombia y han reducido al mínimo el posible rol del derecho colectivo a la moralidad administrativa. Este artículo analiza la dimensión preventiva de la acción popular reflejada en el daño contingente
y su relación con la protección de la moralidad administrativa en casos de conflicto de intereses. Se concluye que el debilitamiento de las acciones
populares es desafortunado y que la acción popular por moralidad administrativa es un mecanismo idóneo para precaver conflictos de intereses y por tanto para fortalecer la gestión administrativa y servir de apoyo a la lucha anticorrupción.
Referências
Bix, B. (1991). HLA Hart and the “open texture” of language. Law and Philosophy, 10(1), 51-72.
Brinks, D. y Botero, S. (2012). Inequality and the rule of law: ineffective rights in Latin American democracies. In Conference ‘Guillermo O’Donnell and the Study of Democracy, pp. 26-27.
Chile Transparente, Capítulo Chileno de Transparencia Internacional. (2009). Normativas sobre Conflicto de Intereses y Legislación sobre Fideicomiso Ciego. http://www.chiletransparente.cl/wp-content/files_mf/1347631488DT9_Conflicto_intereses_fideicomiso_ciego.pdf
Colombia, Cámara de Representantes (22 de julio de 2009). Proyecto de Ley 056, Por medio de la cual se derogan algunos artículos de la Ley 472 de 1998- acciones Populares y de Grupo.
Colombia, Corte Constitucional (10 de noviembre de 1994) Sentencia C-509. [MP. Hernando Herrera Vergara].
Colombia, Corte Constitucional (12 de septiembre de 1996) Sentencia C-426. [MP. Hernando Herrera Vergara].
Colombia, Congreso de la República (20 de julio de 1991). Constitución Política de Colombia. Diario Oficial n.º 51.744.
Colombia, Congreso de la República (6 de agosto de 1998). Ley 472 de 1998. Por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial n.º 43.357.
Colombia, Congreso de la República (28 de octubre de 1993). Ley 80 de 1993, Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Diario Oficial n.º 41.094.
Colombia, Congreso de la República (5 de febrero de 2002). Ley 734 de 2002, Por la cual se expide el Código Disciplinario Único. Diario Oficial n.º 44699.
Colombia, Congreso de la República (29 de diciembre de 2010) Ley 1425 de 2010, Por medio de la cual se derogan artículos de la Ley 472 de 1998 Acciones Populares y Grupo. Diario Oficial n.º 47.937.
Colombia, Congreso de la República (18 de enero de 2011). Ley 1437 de 2011, Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Diario Oficial n.º 47.956.
Colombia, Congreso de la República (12 de julio de 2012). Ley 1564 de 2012, Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial n.º 48.489.
Colombia, Consejo de Estado, Sección tercera (16 de febrero de 2001), sentencia Rad N.º AP-170 [CP: Alier Eduardo Hernández Enríquez].
Colombia, Consejo de Estado, Sección tercera (20 de septiembre 20 de 2001) sentencia Rad N.º 10989 [CP: Ricardo Hoyos Duque, actor: Luis Ricardo García J].
Colombia, Consejo de Estado, Sección Cuarta (31 de mayo de 2002), sentencia Rad N.º 25000-23-24-000-1999-09001-01 [CP: Ligia López Díaz].
Colombia, Consejo de Estado, Sección Quinta (14 de junio de 2002) sentencia, Rad N.º 25000-23-25-000-2001-0128-01(AP-447) [CP: Darío Quiñones Pinilla, actor: Luis Alfonso Acevedo Prada y otro]
Colombia, Consejo de Estado, Sección Quinta (28 de junio de 2002), sentencia Rad N.º 76001-23-31-000-2001-2075-01(AP-472) [CP: Darío Quiñones Pinilla, actor Danilo Suárez Acevedo].
Colombia, Consejo de Estado, Sección quinta (6 de marzo de 2003), sentencia Rad N.º 73001-23-31-000-2000-3448-01(AP-856) [CP: Darío Quiñones Pinilla].
Colombia, Consejo de Estado, Sección tercera (24 de agosto de 2005), sentencia Rad N.º 66001-23-31-000-2004-00601-01(AP) [CP: Ruth Stella Correa Palacio].
Colombia, Consejo de Estado, Sección tercera (16 de junio de 2005), sentencia Rad N.º 01062-01 AP [CP: Ruth Stella Correa Palacio, actor: Marcel Roberto Larjos].
Colombia, Consejo de Estado, Sección tercera (26 de febrero de 2006), sentencia Rad N.º 52001-23-31-000-2003-00818-01(AP) [CP: Ramiro Saavedra Becerra].
Colombia, Consejo de Estado, Sección tercera (25 de mayo de 2006), sentencia Rad N.º 1089-01 AP [CP: Ruth Stella Correa, actor: Contraloría de Bogotá].
Colombia, Consejo de Estado, Sección tercera (30 de agosto de 2007), sentencia rad. 901-01 AP [CP:
Enrique Gil Botero, Actor: Jaime Miguel Torres Padilla].
Colombia, Consejo de Estado, Sección primera (23 de mayo de 2013), sentencia Rad N.º 25000-23-24-000-2011-00063-01(AP) [CP: Guillermo Vargas Ayala, actor: José Darío Forero Fernández].
Colombia, Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo (01 de diciembre de 2015), sentencia Rad N.º 033-01 [CP: Luis Rafael Vergara, actor: Fernando Torres y otro].
Colombia, Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal (15 de mayo de 2008), sentencia proceso No. 29206, MP. Yesid Ramírez Bastidas, actor: Alcibíades Salamanca León.
Congreso de la República de Colombia: Gaceta del Congreso No. 951 de noviembre 23 de 2010.
Corral-Talciani, H. (2003). Lecciones de responsabilidad civil extracontractual. Editorial Jurídica de Chile.
Dworkin, R. (1986). Law’s empire. Harvard University Press.
Estrasburgo, Consejo de Europa. (11 de mayo del 2000). R (2000)10, Recomendación sobre los códigos de conducta de los servidores públicos.
Gallie, W. B. (1955). Essentially contested concepts. Proceedings of the Aristotelian Society, (56), 167-198.
Hensler, D. R. (2009). The globalization of class actions: An overview. The Annals of the American Academy of Political and Social Science, 622 (1), 7-29.
Hinestrosa, F. (2008). La representación. Universidad Externado de Colombia.
Lima, A. (2016). Los principios ético-morales de la sociedad plural y el bloque de constitucionalidad: configuración y desarrollo en la jurisprudencia constitucional boliviana. Estudios constitucionales, 14(2), 15-52.
Morón-Urbina, J. C. (2015). Aspectos jurídicos del conflicto de intereses y el buen gobierno. Revista de Derecho Público, Universidad de Chile (82), 165-203.
Naciones Unidas. (2004). Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, Resolución 58/4 de la Asamblea General.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). (2006). Politiques et pratiques en matière de conflit d’intérêts dans neuf Etats membres de l’UE: Étude comparative, Documents SIGMA, No. 36, Éditions OCDE, Paris. http://dx.doi.org/10.1787/5k40htrz63g8-fr
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). (2017). Estudio de la OCDE sobre integridad en México 2017 – aspectos claves. https://www.oecd.org/gov/ethics/estudiointegridad-mexico-aspectos-claves.pdf
Páez-Murcia, Á. M., Lamprea-Montealegre, E. y Vallejo-Piedrahita, C. (2017). Medio ambiente y acciones populares en Colombia: Un estudio empírico. Vniversitas, 66(134), 209- 247. http://dx.doi.org/10.11144/Javeriana.vj134.maap
Parlamento de Cataluña. (2016). La gestión de los conflictos de interés en el sector público de Cataluña, Col·lecció Testimonis Parlamentaris, 39”, Barcelona. https://www.parlament.cat/document/cataleg/182556.pdf.
Percival, R. & Miller, G. (1984). The Role of Attorney Fee Shifting in Public Interest Litigation. Law & Contemp. Probs., 47 (233), 233-247.
Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. (2015). Mecanismos de control de los conflictos de intereses (dedicación exclusiva). http://www.cl.undp.org/content/dam/chile/docs/gobernabilidad/undp_cl_gobernabilidad_minuta_ComisionConstitucion_06julio.pdf.
Revista Semana. (2002). Se cae Dragacol. http://www.semana.com/nacion/articulo/se-cae-dragacol/50943-3
Solari, E. y Viera, C. (2015). Justiciabilidad de los Derechos Sociales (A propósito de una argumentación de Fernando Atria). Estudios Constitucionales, 13(2), 13-56.
Villamizar-Schiller, E. A. (2006). El derecho colectivo: “moralidad administrativa” en la contratación estatal. Fortalecimiento de los principios del derecho administrativo. Estudios Socio-Jurídicos, 8(2), 173-205.
Zacharias, F. C. (1998). Waiving conflict of interest. The Yale Law Journal 108 (2), 407-438.
Zoon, I. (2007). Acciones de apoyo al Litigio, en: A.A.V.V. El Litigio Estratégico en México: la aplicación de los derechos humanos a nivel práctico (pp. 33-43). http://www.hchr.org.mx/images/doc_pub/litigioestrategico.pdf.