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Resumen
Las categorías tripartitas del tributo —impuestos, tasas y contribuciones especiales— son las que en la práctica actúan como instrumento económico en el logro de los objetivos de política ambiental. Como comprenden institutos tributarios distintos, cada uno interviene en tales propósitos de manera diferente, conforme a la respectiva descripción jurídica del hecho imponible que la legislación fi scal establece para el nacimiento de la obligación impositiva. Esto hace que de forma generalizada, y desde la perspectiva del Derecho tributario, no puedan catalogarse como fi guras efi cientes en la preservación del recurso natural. La fi scalidad ambiental no limita su desarrollo a las anteriores categorías, ha integrado nuevas que hasta el momento no hacen parte de la gama de especies que contempla el Derecho tributario. El legislador —al gozar de plena autonomía— ha vinculado las nuevas con las clásicas, favoreciendo, incluso, la aproximación y mixtifi cación de las categorías ya existentes. Situación que ha generado polémicas doctrinales, por las implicaciones jurídicas que representa tener figuras con ropaje tributario, sin realmente serlo.
Palabras clave:
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