Autores/as
Resumen
El impuesto de industria y comercio es un tributo territorial que recae sobre las actividades de servicios que se realizan directa o indirectamente en el territorio municipal, siendo la base gravable los ingresos brutos obtenidos en el año anterior. La actividad transportadora como actividad sujeta, es el conjunto de operaciones tendientes a trasladar personas o cosas de un lugar a otro, lo que la mayoría de las veces implica su ejecución en más de un municipio y la celebración de contratos de vinculación, pudiendo resultar gravado doblemente el mismo hecho económico. Sin embargo, la autonomía territorial en materia impositiva tiene su límite en la Constitución y la ley, en virtud del cual solo resulta posible gravar las actividades realizadas en la respectiva jurisdicción municipal por la empresa y el propietario del vehículo, teniendo como base los ingresos propios y estando vedado gravar el mismo hecho económico más de una vez.
Palabras clave:
Citas
PARRA ORTIZ, Harold Ferney. (2004). El Impuesto de Industria y Comercio. Bogotá: Editorial Temis.
Normativas
Colombia, Asamblea Nacional Constituyente, Constitución Política de 20 de julio de 1991.
Colombia, Congreso de la República, Ley 14 de 6 de julio de 1983. Ley 105 de 30 de diciembre de 1993.
________, Ley 336 de 20 de diciembre de 1996.
________, Ley 788 de27 de diciembre de 2002.
Colombia, Presidente de la República, Decreto 410 de 27 de marzo de 1971.
________, Decreto 3070 de 3 de noviembre de 1983.
________, Decreto 624 de 30 de marzo de 1989.
________, Decreto 2649 de 29 de diciembre de 1993.
________, Decreto 2650 de 29 de diciembre de 1993.
________, Decreto 170 de 5 de febrero de 2001.
________, Decreto 171 de 5 de febrero de 2001.
________, Decreto 172 de 5 de febrero de 2001.
________, Decreto 173 de 5 de febrero de 2001.
________, Decreto 174 de 5 de febrero de 2001.
________, Decreto 175 de 5 de febrero de 2001.
Jurisprudenciales
Colombia, Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia de 12 de noviembre 1993, Consejero ponente Delio Gómez Leyva, Expediente 4390.
________, Sentencia de 24 de noviembre de 1995, Consejero ponente Julio E. Correa Restrepo, Expediente 7338.
________, Sentencia de 24 de noviembre de 1995, Consejero ponente Julio E. Correa Restrepo, Expediente 7334.
________, Sentencia de 25 de abril de 1997, Consejero ponente Germán Ayala Mantilla, Bogotá, Expediente 7829.
________, Sentencia de 10 de abril de 1997, Consejera ponente Consuelo Sarria Olcos, Expediente 8156.
________, Sentencia de 1 de febrero de 2000, Consejero ponente Germán Ayala Mantilla, Expediente 12522.
________, Sentencia de 28 de abril de 2000, Consejero ponente Germán Ayala Mantilla, Expediente 9826.
________, Sentencia de 10 de noviembre de 2000, Consejero ponente Daniel Manrique Guzmán, Expediente 10481.
________, Sentencia de 24 de noviembre de 2000, Consejero ponente Daniel Manrique Guzmán, Expediente 10889.
________, Sentencia de 12 de abril de 2002, Consejero Ponente Juan Ángel Palacio Hincapié, Expediente 12565.
________, Sala de Consulta y Servicio Civil, Consejero ponente Gustavo Aponte Santos, Expediente 1740.
________, Sección Cuarta, Sentencia de 28 de junio de 2010, Consejero ponente William Giraldo Giraldo, Expediente 17415.
Colombia, Corte Constitucional, Sentencia C-004 de 14 de enero de 1993, Magistrado ponente Ciro Angarita Barón, Expediente D-138.
Sentencia C-467 de 21 de octubre de 1993, Magistrado ponente Carlos Gaviria Díaz, Expediente D-245.
________, Sentencia C-506 de 9 de noviembre de 1995, Magistrado ponente Carlos Gaviria Díaz, Expediente D-839.
________, Sentencia C-537 de 23 de noviembre de 1995, Magistrado ponente Hernando Herrera Vergara, Expediente D-951.
________, Sentencia C-220 de 16 de mayo de 1996, Magistrado ponente Carlos Gaviria Díaz, Expediente D-1053.
________, Sentencia C-521 de 15 de octubre de 1997, Magistrado ponente José Gregorio Hernández Galindo, Expediente D-1644.
________, Sentencia C-987 de 9 de diciembre de 1999, Magistrado ponente Alejandro Martínez Caballero, Expediente D-2438.
________, Sentencia C-540 de 22 de mayo de 2001, Magistrado ponente Jaime Córdoba Triviño, Expedientes D-3256 y D-3257.
________, Sentencia C-538 de 18 de julio de 2002, Magistrado ponente Jaime Araujo Rentería, Expedientes D-3872, D-3875, D-3889, D-3890, D-3891, D-3892, D-3893, D-3894, D-3895 y D-3896.
________, Sentencia C-690 de 12 de agosto de 2003, Magistrado Ponente Rodrigo Escobar Gil, Expediente D-4454.